¿Qué es un PIAS?
Es una modalidad de seguro de vida-ahorro creada en España a partir de la reforma fiscal de 2006 como instrumento de ahorro/previsión que sus ganancias quedan exentas de tributación si llegado su vencimiento el capital se percibe en forma de renta vitalicia asegurada una vez hayan transcurrido al menos 5 años desde la primera aportación.
Costes de los PIAS
La ley no fija ninguna comisión máxima, es la propia compañía la que fija los costes del producto, por lo que hay que prestar mucha atención a este particular.
Normalmente estos productos tienen una comisión denominada “Coste de la cesta” o “Comisión de la cesta” que por termino medio está en el 1%, pero hay productos que cobran más y otros menos.
Algunos contratos aplican también una comisión inicial y sobre el resto de aportaciones mensuales, y otros para compensar esta comisión aplican una bonificación o premio de permanencia. También hay que prestar atención los activos que componen las cestas, que tienen sus propias comisiones internas, normalmente son fondos de inversión de gestoras internacionales.
Límites de aportación
- Las aportaciones anuales no pueden superar los 8.000 euros.
- El importe máximo aportado no puede exceder los 240.000 euros.
Rendimiento y rentabilidad de los planes
El participe recibe el valor de la cesta en el momento de la disposición. Por ley el rendimiento se ha de comunicar al cliente al menos una vez al año, aunque es el propio contrato quién fija la periodicidad y la forma de recibirlo. Cada cesta tiene su propio rendimiento, que depende de los activos en los que invierta la compañía de seguros.
Disponibilidad de los fondos y modalidades de cobro
Llegado el vencimiento de la póliza, tanto la cantidad ahorrada como la rentabilidad generada es devuelta al cliente según su elección, ya sea en forma de capital o en forma de renta.
El contrato prevé también la posibilidad de rescate total o parcial antes del vencimiento, aunque se aconseja informarse bien del valor de rescate, porque puede ser muy inferior a lo aportado debido a las comisiones pagadas, sobre todo en los primeros años de aportaciones.
Beneficios fiscales
Se considera rendimiento del ahorro y dependerá de la forma de rescate.
En caso de rescate en forma de capital se aplicará una retención del 19% y después tributará en el tramo que corresponda.
En caso de rescate en forma de renta vitalicia sus ganancias quedan exentas de tributación y la renta vitalicia asegurada tributará de acuerdo con la siguiente tabla:
Implicaciones fiscales en sucesiones para el PIAS
Al ser el PIAS un seguro de vida-ahorro, si el beneficiario designado es un heredero, tendrá que incluir el importe de la suma cobrada en su liquidación de Impuesto de Sucesiones, estando exento los primeros 9.195,49€.
Flexibilidad de traspasos entre planes de pensiones
El participe puede traspasar total o parcialmente sus participaciones entre cestas del mismo contrato, y también a otras entidades o compañías aseguradoras diferentes sin coste alguno y sin efectos fiscales.
La ley fija un plazo máximo de 5 días para ejecutar una solicitud de traspaso entre entidades o compañías de seguros.
Incentivos por traspaso
Formalmente no tenemos constancia de esta práctica entre entidades o compañías de seguros, pero si que hemos conocido ofertas de incentivos para retener el traspaso externo en algunos casos.
¿Por qué elegir un PIAS?
El PIAS es mucho más que un instrumento de ahorro; es una herramienta versátil que combina flexibilidad, rentabilidad y atractivos beneficios fiscales.
Además, te permite adaptar tu inversión a tus necesidades personales y familiares, con la posibilidad de obtener una renta vitalicia exenta de tributación.
Si buscas un producto que te ayude a planificar tu futuro financiero con garantías y que, además, te ofrezca la tranquilidad de un respaldo asegurador, el PIAS puede ser la solución que estás buscando.
¿Listo para dar el paso hacia una planificación financiera inteligente?